SE ESTIMA PARTE DEL RECURSO DE ACIPA POR LO QUE SE VUELVE A CONVOCAR LA PLAZA DEL TÉCNICO DE DEPORTES, AUNQUE SEGUIRÁ HABIENDO UNA ENTREVISTA EN EL PROCESO SELECTIVO, LO QUE DESDE ACIPA SEGUIMOS VALORANDO COMO POCO OBJETIVO.
Tras haber tenido que suspender el proceso de contratación del técnico de deportes por haber incumplido los principios de publicidad para garantizar la concurrencia y haber sido recurrido por acipa, se reanuda el proceso siendo el plazo de presentación de instancias del 24 de febrero al 5 de marzo, sin haber notificado la resolución del Recurso que hemos conocido por la página web del Ayuntamiento.
- 2015/02/25 09:52:12
Si hacemos un poco de historia, debemos retroceder hasta el día 16 de diciembre del pasado año, cuando fueron aprobadas, en Junta de Gobierno, las bases para la contratación laboral temporal (contrato de relevo) de una plaza de técnico superior de deportes del Ayuntamiento de Aranjuez. Pasaron los días y el 7 de enero se firmó un anuncio por el que se abría un plazo para la presentación de instancias del 8 al 17 de enero, sin que se anunciara en la página web del Ayuntamiento de Aranjuez hasta pasado el plazo, sin garantizar la libre concurrencia, ni se le diera la publicidad que la pudiera garantizar. El Gobierno continuó dando los pasos para realizar dicho examen y el 21 de enero se publicó la lista de admitidos y sin dar plazo de reclamación se estableció el examen para día 27 del mismo mes. En cuanto tuvimos conocimiento de los hechos y ante la indignación de muchos ribereños que no pudieron presentarse a la convocatoria, desde acipa presentamos Recurso de Reposición contra las Bases al entender que una entrevista en la calificación de méritos no es una prueba objetiva y contra el Desarrollo del Procedimiento por haber evitado la libre concurrencia.
Pocos días después pudimos conocer que el proceso selectivo había sido paralizado gracias a nuestro recurso, pese a que el gobierno alegase errores del personal del Ayuntamiento a la hora de publicitar la convocatoria.
Pilar Quintana, Concejal Portavoz de acipa lamenta enormemente que “el Gobierno siga dando muestras de su talante con nuestro partido, y no haya tenido la dignidad de contestarnos y entregarnos contestación al recurso de reposicion que presentamos. Es una pena que nos hayamos tenido que enterar a través de la página web municipal de la contestación a nuestro recurso, pero nos alegra enormemente que ahora puedan presentarse todas aquellas personas que cumplan los requisitos, agradecemos que gracias a acipa y a los medios locales se haya dado una difusión mayor a la convocatoria y ahora todos los aspirantes tengan, a priori, las mismas oportunidades de presentarse.”
Estas son las conclusiones a nuestro recurso de reposición:
PRIMERO.- Que procede desestimar el recurso de reposición interpuesto por D³ PILAR QUINTANA ALVAREZ contra las Bases de la convocatoria para cubrir mediante contrato laboral temporal (contrato de relevo) una plaza de Técnico Superior de Deportes, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 16 de diciembre de 2011.
SEGUNDO.- Que procede estimar el recurso interpuesto contra el Anuncio de la convocatoria de fecha 7 de enero de 2015 y en consecuencia deberá ser objeto de nueva publicación tanto en el Tablón de Anuncios como en la página web municipal, iniciando de nuevo el computo de los diez días naturales de plazo para la presentación de instancias para participar en el procedimiento de selección.
No obstante se conservará la Resolución de la TTe. de Alcalde Delegada de Presidencia e Interior de fecha 21 de enero de 2015, en virtud de la cual se aprobó la relación de admitidos y el Tribunal calificador del proceso de selección, excepto en lo referente a la fecha de celebración que quedará anulada."
BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO PARA CUBRIR MEDIANTE CONTRATACION LABORAL TEMPORAL (CONTRATO DE RELEVO) UNA PLAZA DE TECNICO SUPERIOR DE DEPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ
1. Características de la plaza:
Es objeto de la presente convocatoria la cobertura de una plaza de TECNICO SUPERIOR DE DEPORTES como personal laboral temporal a tiempo parcial (50 % de jornada), mediante contrato de relevo por jubilación parcial del titular,
2.- Requisitos y titulación:
Para poder participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos
• Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.
• Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
• Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, da la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
• No haber sido separado mediante expediente disciplinado del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
• Estar en posesión del título de Licenciado en Educación Física y Deportes.
• Estar en situación de desempleado, a la fecha de presentación de solicitud, mediante la correspondiente acreditación.
3.- Proceso de selección:
Será el concurso oposición libre y constará de dos fases:
a) Fase de concurso:
Consistirá en la calificación de los méritos incluidos en el baremo que se expondrá a continuación y debidamente acreditados por los aspirantes, mediante fotocopias en el momento de presentar la instancia.
Únicamente se valorarán los méritos obtenidos antes de la finalización del plazo de presentación de instancias.
Serán méritos valorables los siguientes:
- Formación:
• Por la participación en cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por organismos oficiales sobre materias relativas al puesto de trabajo a desempeñar:
• Hasta 25 horas: 0,05 puntos por curso
• De 25 a 50 horas: 0,10 puntos por curso
• De 50 a 100 horas, 0,15 puntos por curso
• De más de 100 horas: 0,25 puntos por curso
La suma total de este apartado no podrá superar en ningún caso 1,25 puntos.
Entrevista curricular: Se realizará una entrevista curricular a cada uno de los admitidos al proceso selectivo. Cada miembro del Tribunal podrá otorgar de 0 a 1,25 puntos, siendo la puntuación final la obtenida al efectuar la media aritmética de las calificaciones otorgadas por cada uno.
Calificación final de la fase da concurso: se determinará por la suma de las calificaciones obtenidas en la formación y en la entrevista curricular.
b) Fase da oposición.
Comprenderá dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio: Constará de una prueba teórica consistente en desarrollar por escrito diez preguntas determinadas por el tribunal sobre las siguientes materias:
• Funcionamiento y gestión de una instalación deportiva: implementación y mantenimiento.
• Organismos oficiales relacionados con el deporte.
• Las infraestructuras deportivas de Aranjuez.
• Situación deportiva en Aranjuez.
• Relaciones laborales y prevención de riesgos.
• Legislación en materia deportiva.
• Ley de Procedimiento Administrativo Común.
• Forma de gestión de los Servicios Públicos Locales.
• Ley de contratos del sector Público.
Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.
Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un supuesto práctico determinado por el Tribunal relacionado con las tareas propias del puesto a desempeñar.
Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.
4. Calificación definitiva:
La calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y el concurso, estableciéndose en tal suma la siguiente ponderación: Nota del Concurso + ( Nota de oposición x 0,75 ).
5.- Órganos de selección Composición:
El Tribunal calificador de las pruebas selectivas estará compuesto por los siguientes miembros:
- Presidente
- Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, con voz
- Cuatro vocales
La designación de los miembros del tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.
La composición del tribunal será técnica y los vocales técnicos, deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la de las plazas convocadas.
6.- Solicitudes.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al Alcalde - Presidente Ayuntamiento de Aranjuez, haciendo constar en ellas que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, y se presentarán en el en el Registro General del Ayuntamiento de martes, miércoles y viernes: de 8,00 a 14,00 horas, y lunes y jueves de 8,00 a 18:30 horas; sábados en la Jefatura de Policía Local: de 9,00 a 14,00 horas.
7.- Listado de admitidos y excluidos
Espirado el plazo de admisión de instancias, el Alcalde-Presidente o la Junta de Gobierno Local, dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se expondrá en el tablón de anuncios y en la página web www.aranjuez.es del Ayuntamiento. En la misma se incluirá la composición del Tribunal Calificador, así como el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.
8.- Publicación de la lista
Concluidas las pruebas correspondientes del proceso selectivo, el tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la página web www.aranjuez.es y demás lugares que estime oportunos la relación de aprobados por orden de puntuación alcanzado.
9.- Elevación da la lista
El tribunal calificador elevará a la Junta de Gobierno Local o Alcaldía la propuesta de contratación (relevo) del aspirante seleccionado que obtenga mayor calificación.
10.- Falta da presentación de documentos.
Quien dentro del plazo indicado, y salvo en los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos en la base segunda, no podrá 9er contratado, quedando anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en su instancia o documentación.
El aspirante seleccionado, formalizará el contrato en el Departamento de Personal en la fecha que se le indique, quedando sometido al periodo de prueba que en cada caso corresponda de conformidad con la legislación vigente.