ACIPA INFORMA SOBRE LA APERTURA DEL PERIODO DE ALEGACIONES A LAS ORDENANZAS FISCALES QUE ENTRARÁN EN VIGOR EL 1 DE ENERO DE 2018. CUALQUIER AFECTADO PUEDE PRESENTAR SUS RECLAMACIONES EN EL AYUNTAMIENTO.
Estamos ante la aplicación de un gravamen, el IBI diferenciado, que persigue a las empresas que más contribuyen a la generación de empleo y a la economía local. Los afectados tienen un plazo de 30 días hábiles a contar desde el 8 de noviembre para presentar las alegaciones que consideren oportunas. Desde acipa estaremos encantados en poder asesorar e informar a todas aquellas personas que quieran conocer en qué medida les va a afectar esta subida masiva de impuestos.
- 2017/11/08 13:14:38
El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 7 de noviembre nos dejó con la apertura del periodo de alegaciones a las ordenanzas fiscales aprobadas inicialmente el pasado 3 de noviembre en sesión extraordinaria. En cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, todos los documentos tramitados para la adopción de estos acuerdos, así como la redacción de los artículos de las ordenanzas fiscales que han resultado modificados permanecerán expuestos al público en la Secretaría de este Ayuntamiento por plazo de treinta días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Durante este plazo, los interesados podrán examinar los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En caso de no haber reclamaciones, los acuerdos provisionales se convertirán automáticamente en definitivos
Creemos importante que todos los ciudadanos sepan la subida de impuestos que pretende llevar a cabo el gobierno municipal y los partidos que han apoyado estas medidas. Además, nos parece importante señalar que es el momento de que la ciudadanía y el tejido productivo del municipio presenten sus escritos si consideran que estas nuevas ordenanzas suponen un retroceso económico para el bolsillo de empresarios, trabajadores y vecinos de Aranjuez. Jesús Mario Blasco, Concejal Portavoz de la Agrupación Ciudadana Independiente se ofrece, “puesto que el gobierno municipal y aquellos que lo sostienen no lo han hecho, a informar a todos aquellos ciudadanos, empresarios, dueños de solares y centros educativos… sobre los que ha caído todo el afán recaudatorio a partir del uno de enero. Es importante informar y que se conozcan todos los puntos de estas ordenanzas para saber cuánto afectarán a los bolsillos de los ribereños. Las puertas y teléfono de nuestro despacho están abiertas para recibir a todos aquellos que tengan dudas o quieran conocer en profundidad las Ordenanzas Fiscales que se encuentran en periodo de alegaciones”. Desde acipa ya hemos indicado los puntos esenciales de estas ordenanzas que no nos parecen los adecuados, siempre es bueno recordarlos:
IBI DIFERENCIADO
Dado que el gobierno fue muy parco en la explicación, conviene explicar a los Ribereños qué es exactamente el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) diferenciado. La Ley de Haciendas Locales permite a los consistorios la aplicación de distintos tipos impositivos de IBI a bienes de naturaleza urbana con usos no residenciales. En la actualidad el tipo impositivo para todos los inmuebles urbanos (sean o no residenciales) es del 0,43. Un tipo relativamente bajo pero que sin embargo no evita que el IBI sea, contrariamente lo que dice el gobierno y sus aliados, uno de los mayores de entre los grandes municipios madrileños. Esto se debe a un alto valor catastral, dado que la mayoría de revisiones se hizo en época de burbuja inmobiliaria, provocando que la cuota a pagar sea bastante alta. El gobierno ha decidido subir el tipo general al 0,44… y no contento con ello ha decidido aplicar otra subida aún más descomunal a bienes con usos comerciales, de enseñanza, industriales, de ocio y hostelería, oficinas, sanitarios o de beneficencia y a los solares, cada uno con un porcentaje distinto.
Todo ello, basándose en un supuesto ideológico, propio de los populismos, que indica que los bienes con mayor valor catastral son inequívocamente sinónimo de grandes ingresos y grandes patrimonios. Argumento que es absolutamente erróneo porque:
1-El IBI no es un impuesto diseñado para gravar los beneficios de una empresa o instalación, ya que para ello está el Impuesto de Sociedades. Ni siquiera sirve para gravar grandes ingresos, porque para ello ya está el IAE (que también suben). Dicho en otras palabras, no se grava más al que más tiene ni al que más gana.
2-No se pueden gravar los supuestos beneficios de una empresa atendiendo al valor catastral de la instalación donde se desarrolla la actividad, porque puede suceder que esa empresa esté registrando pérdidas. Lo mismo sucede con las grandes instalaciones comerciales, compuestas en su mayoría por varios negocios pequeños, que verán como la medida les acaba repercutiendo.
3-Esta medida, a todas luces injusta, lo es aún más en el caso de Aranjuez. Nuestra ciudad concentra buena parte de su población activa de sectores industrial y servicios en grandes instalaciones, a diferencia de lo que ocurre en poblaciones de similar tamaño como Pinto o Arganda. El impacto de la medida es muy superior en Aranjuez, donde estas empresas ya sufren problemas como la falta de suelo para expandirse o los condicionantes de estar instaladas en una ciudad con las limitaciones administrativas que supone ser Patrimonio de la Humanidad. Si en lugar de mejorarles las condiciones se les somete a más presión impositiva, nos estaremos pegando un tiro en el pie.
Esto no quiere decir que una gran empresa de Aranjuez se vaya por la aplicación de este IBI diferenciado, pero sin duda el hecho de ver, en el mejor de los casos, disminuir sus beneficios, impedirá que estos los pueda reinvertir en ampliar sus instalaciones, en contratar personal de refuerzo. Y no digamos si dicha impresa ya está atravesando dificultades. Las estaremos agravando por una voracidad recaudatoria a todas luces perjudicial.
Analizando cada uno de los incrementos:
-IBI diferenciado Comercial, a aplicar a inmuebles con este uso con valores catastrales superiores a 183.000 euros (recordemos que no se alude a los ingresos ni a la situación económica de la empresa, sino simplemente a su valor catastral) que subirá a 0,52, y que hará que los recibos suban más de un 20%. Como decíamos, afectará a un sector muy afectado por el descenso del consumo por la crisis, cuyos efectos aún se notan en Aranjuez. Afectará singularmente también a la gran área comercial del barrio de la Montaña, de 150.000 cuadrados de extensión y 180 locales comerciales, pendiente de la llegada de un inversor para poder ponerla en marcha. Desde acipa solicitamos al gobierno que pusiera toda la carne en el asador para poder abrir un centro que generaría hasta 1.000 empleos y sería una locomotora para esta zona de Aranjuez. No solo no han hecho nada sino que van a desincentivar su puesta en marcha con una fiscalidad muy desfavorable. Así se atraen las inversores a Aranjuez.
-IBI diferenciado a la industria. Aranjuez ha sufrido la marcha de grandes empresas en estos últimos años, especialmente la de Agfa y la de Unilever, esta además en un momento crítico para la economía local. Se da la circunstancia que en documentos de análisis de la situación de la industria en Aranjuez, como la Propuesta de modelo integral de ciudad para Aranjuez de CCOO, “se reclaman estímulos para el desarrollo de instalaciones, así como incentivos fiscales o económicos para garantizar su crecimiento y permanencia en nuestro municipio”. El “incentivo” que propone el equipo de gobierno es una subida del IBI superior al 20%, conjunta con una subida del Impuesto de Actividades Económicas del 2,5%. Una auténtica “tormenta fiscal” a aquellas instalaciones con un valor catastral superior a los 900.000 euros, donde entrarían la totalidad de las grandes empresas ribereñas.
-IBI diferenciado a la enseñanza. En esta ocasión, afectaría a tres centros educativos de Aranjuez, a los que tienen valores catastrales superiores a los 7.700.000 euros. Dos de ellos quedarían exentos al ser centros concertados de carácter religioso, pagando el estado la subida hasta el 1,00% de IBI, pero en uno de ellos la parte no concertada debería correr a cuenta del propio centro. Una escalofriante subida del 232% que podría poner en riesgo al propio centro, y que supondría un ataque, otro más, a los padres y a su libertad de elección de centro.
-IBI diferenciado al ocio y la hostelería. En esta ocasión el tipo de gravamen aplicable sería del 0,52%, a partir de valores catastrales de 2,7 millones de euros. Se aplicaría a apenas un puñado de establecimientos (cuatro en total) para la obtención de unos pírricos 120.000 euros más…. ¿De verdad merece la pena golpear a un sector que es una locomotora importante para nuestra ciudad?
-IBI diferenciado al uso sanitario y de beneficencia: Estamos ante la subida más descomunal de todas, del 255% hasta llegar a un tipo impositivo del 1,1%, a aplicar a tres inmuebles, entre los que está el hospital del Tajo y dos residencias de ancianos. El gobierno expresó la voluntad de que fuera la UTE que gestiona la parte no sanitaria del hospital la que corriera con los gastos de este IBI, aunque mucho nos tememos que finalmente sea la Comunidad de Madrid la que acabe pagando. Se da la circunstancia de que el PSOE, que gobierna Aranjuez, en aquellos sitios donde es oposición, critica que sean otras administraciones y no particulares quienes sufraguen este aumento de impuestos. Aquí en Aranjuez piensa lo contrario. Nuestra ciudad necesita inversión regional y que dicha inversión sea en forma de mejor cartera de servicios para el Hospital, un nuevo centro de salud en la Montaña, más médicos, no que pague más IBI.
-IBI diferenciado para oficinas. Se aplicaría un gravamen de 0,52 a partir de un valor catastral de 215.000 euros. Muchos municipios aplican una fiscalidad baja como medida para atraer sedes sociales de empresas, como por ejemplo ocurre con Alcobendas, que favorece una baja fiscalidad con la que ha logrado atraer la sede de tres grandes empresas catalanas (bajo IAE, el sexto más bajo de la región, uno de los IBI más bajos…) El incentivo de Aranjuez, como reiteramos, la subida diferenciada de IBI y más IAE.
PRETENDEN INSTAURAR IBI DIFERENCIADO PARA SOLARES PRESUNTAMENTE ILEGAL
Lo más grave sin duda es lo concerniente al IBI diferenciado destinado a gravar solares a partir de 285.000 euros de valor catastral, con un tipo del 1,1%, una subida en los recibos de un 255%. Con todo, no sería esto lo peor, sino que con la Ley de Haciendas Locales en la mano, este tipo impositivo diferenciado solo podría afectar a construcciones, y no a solares.
1-Si no existe edificación o construcción difícilmente puede establecerse uso alguno (industrial, comercial, sanitario, etc…) que motive la aplicación del tipo diferenciado.
2-Formalmente se sale de los límites que marca la Disposición Transitoria Decimoquinta, al acotar la forma en que puede realizarse en la ordenanza la diferenciación del tipo de gravamen por uso.
3-Porque el propio artículo 72.4 de la Ley de Haciendas Locales parece abundar en esta idea cuando utiliza el término “construcciones”
Más aún, hay municipios madrileños que recientemente han retirado de sus ordenanzas este gravamen, en algunos de ellos como Torrejón precisamente a propuesta del PSOE y de partidos afines de izquierda a los presentes en la corporación ribereña… Nuevamente nos planteamos, ¿por qué la izquierda pide para Aranjuez lo que rechaza en otros municipios?
acipa continua con la labor informativa desde el despacho del Ayuntamiento y desde su correo electrónico (acipa2003@gmail.com) para realizar todas las gestiones de interés para los ciudadanos de Aranjuez.