EL GOBIERNO MUNICIPAL ESTÁ MANDANDO SANCIONES DE INFRACCIONES COMETIDAS HACE MAS DE UN AÑO, POR LO QUE ESTÁN PRESCRITAS, CADUCADAS Y ADEMÁS RECHAZA LAS ALEGACIONES SIN MOTIVAR, POR LO QUE SON NULAS EN BASE A LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. ADEMÁS EN EL CASO DE CONSUMO DE ALCOHOL EN LA CALLE SE DEBERÍAN HABER DADO CURSOS EN BASE A LA LEY VIGENTE EN EL MOMENTO DE LA INFRACCIÓN PERO DECIDEN SANCIONAR SIN CURSOS APLICANDO LA REFORMA DE LA LEY DE MANERA RETROACTIVA
Ahora que la gestión recaudatoria la llevará una empresa que se quedará con el 55% de lo cobrado en multas y el 25% de lo que recaude en actas de inspección, infracciones urbanísticas y sanciones, comienzan a lanzar sanciones que han caducado al haber tenido el procedimiento paralizado y pasarse de los plazos tanto en la resolución como en la denegación de alegaciones.
- 2012/10/18 11:36:56
Debemos preguntarnos por qué no han puesto su maquinaria recaudatoria en funcionamiento antes y ahora cuando privatizan la Recaudación lanzan sanciones que están prescritas por el tiempo pasado desde la infracción, caducadas por no haber resuelto las alegaciones en tiempo y nulas por no motivar el desestimación de las Alegaciones.
Hace un año, en nuestra localidad, muchos jóvenes recibieron multas por consumir alcohol en la vía pública. Fue en octubre del año 2011 cuando presentamos una propuesta a Pleno en la que pedíamos que se estableciesen las prestaciones y charlas para los jóvenes, tal y como marcaba la Ley “Las sanciones por infracción del artículo 30, apartado 3, de la presente Ley, referida al consumo de alcohol en la vía pública, consistirán en prestaciones en beneficio de la comunidad, que no podrán imponerse sin consentimiento del infractor, y se desarrollarán durante un número de sesiones previamente fijado, bien en beneficio de la colectividad o de personas que se encuentren en situación de precariedad por cualquier motivo. Se buscará preferentemente relacionar la naturaleza de la actividad en que consista esta medida con la de los bienes jurídicos afectados por los hechos cometidos por el infractor. Si éste no prestase el consentimiento antes aludido, la medida de prestación será sustituida por la multa correspondiente, prevista en el artículo 59.1.a).
Los hechos son aún más graves puesto que el Gobierno municipal, quien es el encargado de las competencias en esta materia, no ha indicado qué prestación pudiera realizar en beneficio de la Comunidad a las que hubiera prestado consentimiento y por tanto no se podía poner sanción económica, sin ofrecer los cursos que marcaban la Ley en el momento de la infracción o se estaría incumpliendo la Ley de la Comunidad de Madrid vigente en el momento de los hechos. Después de un año desde la infracción ahora mandan las resoluciones, muchos de los infractores presentaron alegaciones y ahora reciben la resolución desestimando las alegaciones sin motivar, lo que causa indefensión y vulnera el art. 62.3 de la ley 30/1992 y es motivo para que el expediente sancionador sea nulo.
Se están produciendo unos graves hechos, ahora les vienen las prisas cuando privatizan la recaudación y el Ayuntamiento ingresará la mitad de la cuantía en caso de multas y dejará de ingresar la cuarta parte en otros tipos de sanciones.
Rogaríamos al Gobierno que tome nota de las irregularidades que se están produciendo en esta materia y aplique la Ley al respecto y deje de lado su afán recaudatorio de forma irregular. Nos encantaría debatir en el Pleno el por qué vulneran así los derechos de los Ciudadanos, pero ante la decisión de la oposición de no presentar ruegos al Pleno hasta que no se produzca un cambio de actitud en el desarrollo de los mismos, en los que se defiendan los ideales políticos sin llegar a los ataques personales, nos limitaremos a informar a los ciudadanos sobre los problemas que encontramos en nuestra localidad, como es este de recaudación, esperamos que el Gobierno Municipal rectifique cuanto antes.