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ALEGACIONES ORDENANZAS FISCALES AÑO 2015

ALEGACIONES ORDENANZAS FISCALES AÑO 2015

ALEGACIONES A LAS ORDENANZAS FISCALES PARA EL EJERCICIO 2015

El Grupo Municipal acipa, y en su representación la Concejal Portavoz de la misma Pilar Quintana Álvarez, presenta las siguientes alegaciones al expediente de modificación de las distintas ordenanzas fiscales para el ejercicio 2015.

El pasado jueves 13 de noviembre apareció publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el anuncio de la apertura de alegaciones a las Ordenanzas Fiscales que entrarán en vigor el próximo año. En cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, todos los documentos tramitados para la adopción de estos acuerdos, así como la redacción de los artículos de las ordenanzas fiscales que han resultado modificados, permanecerán expuestos al público en la Secretaría de este Ayuntamiento por plazo de treinta días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Durante este plazo, los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Por lo que en tiempo y forma solicito se den por presentadas las siguientes alegaciones:

IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES
Se mantiene en el 0,43% lo que quiere decir que subirá el IBI a los Ribereños por el propio funcionamiento del Impuesto, que durante 10 años, se va subiendo la base liquidable hasta una nueva revisión de hecho cada año se baja el tipo impositivo para mantenerlo. Además la regularización catastral que están sufriendo muchos Ribereños, supone subida de valores catastrales y por ende más subida de IBI. De hecho se reconoce la subida en la propia Ordenanza “El incremento global de los derechos liquidados que propiciaría el mantenimiento del tipo impositivo en el 0,43 % estaría muy próximo al 0,30 %”
Desde acipa proponemos la bajada del Tipo Impositivo del IBI de manera que no suponga un incremento en ningún recibo respecto a 2014, la crisis se está viviendo de forma especial en Aranjuez, donde no hay trabajo, los desplazamientos a la capital son caros y el mercado de vivienda está bajando considerablemente aunque los valores catastrales se revisen al alza. En algunos municipios de la Comunidad de Madrid han propuesto bajar el Tipo hasta mantener los importes del recibo o incluso más como en Majadahonda

IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA
No se modifica porque tenemos en vigor las máximas permitidas por la Ley y la Orden PRE/966/2014, de 10 de junio, nos prohíbe su modificación a la baja. Pero no hemos oído al Gobierno Municipal quejarse al Gobierno Central que impone el mantenimiento o subida de Impuestos y Tasas.

Con efectos del día 1 de enero de 1.999, y a instancias de AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), las Cortes Generales aprobaron mediante la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, una modificación del art. 96 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, para posibilitar a los ayuntamientos el establecimiento de una bonificación de hasta el 100 por 100 de la cuota del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para los vehículos históricos o de más de veinticinco años de antigüedad, adaptando así nuestra normativa fiscal a la del resto de los países de la UE. Desde acipa solicitamos que se establezca la citada bonificación en el Ayuntamiento de Aranjuez


IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS
No se propone ninguna modificación en el tipo impositivo, ya que tenemos en vigor el máximo permitido por la Ley y la Orden PRE/966/2014, de 10 de junio, nos prohíbe su modificación a la baja. Una vez más no hemos oído al Gobierno quejarse. Lo que si se pueden es establecer bonificaciones y se han establecido 3:
- una bonificación del 95% a favor de las construcciones, instalaciones u obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales que justifiquen tal declaración. Corresponderá dicha declaración al Pleno u órgano en quien delegue. -- una bonificación del 50 % sobre la cuota del impuesto en relación con las construcciones, instalaciones u obras de adaptación y reforma, cuya finalidad sea la de favorecer las condiciones de acceso y habitabilidad de las viviendas de discapacitados, que se regirá por la siguiente normativa.
- una bonificación del 12,50% sobre la cuota a favor de las Construcciones, Instalaciones y Obras que se realicen en inmuebles ubicados dentro del perímetro del Casco Histórico de Aranjuez. Esta bonificación se concederá de oficio y, por consiguiente, los sujetos pasivos no vendrán obligados a realizar ningún tipo de trámite en orden a la obtención de la misma

Si estamos en época de crisis en la que la tasa de paro está aumentando y una de las políticas públicas prioritarias para resolver estos momentos es la creación de empleo no entendemos cómo se contempla ninguna bonificación a las empresas que se instalen en nuestro municipio por lo que desde acipa planteamos establecer una bonificación en el impuesto de construcciones, instalaciones y obras a las actividades económicas que creen empleo.
Desde acipa proponemos una bonificación en el Impuesto de Construcciones para edificaciones en las que se vaya a crear empleo y lo conserven durante al menos un año. Esas bonificaciones serían del 20% creando de 3-5 empleos, 40% creando de 5-10 empleos y del 60% creando más de 10 empleos.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS y ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA NECESARIA PARA LA TRAMITACIÓN DE LICENCIAS DE ACTIVIDAD Y PARA LA COMPROBACIÓN DE COMUNICACIONES PREVIAS Y DECLARACIONES RESPONSABLES EN MATERIA DE ACTIVIDADES

Se establece que para dar cumplimiento a las exigencias recogidas en la Orden PRE/966/2014, de 10 de junio, se propone aplicar una subida mínima en los coeficientes de ubicación del 0,30 %, lo que propiciaría un incremento de la presión fiscal por este impuesto en un porcentaje equivalente.

La Orden lo que implica es que haya un incremento global, luego si crece la solicitud de instalación de actividades económicas, subirá la recaudación total, por eso se debe trabajar para incrementar la instalación de nuevas actividades que además crearían más empleo, sin necesidad de aplicar una subida mínima del 30% a los coeficientes de ubicación, por tanto desde acipa proponemos que no se realice tal subida y además se bonifique:
En el Impuesto con bonificaciones del 15% a las Actividades que han mantenido el empleo en el ejercicio anterior y del 30% a las que han aumentado el empleo en el ejercicio anterior en más de 5 trabajadores en el ejercicio anterior.
- A las Actividades que se instalen en el casco histórico cuyos costes son mayores con el riesgo de que se queden los locales vacíos y para potenciar esta zona, una bonificación del 50%
- A les que vayan a crear empleo y lo conserven durante al menos un año, bonificaciones del 20% creando de 3-5 empleos, 40% creando de 5-10 empleos y del 60% creando más de 10 empleos.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA
Se propone para dar cumplimiento a las exigencias recogidas en la Orden PRE/966/2014, de 10 de junio, se propone incrementar el tipo impositivo en un 0,30 %, lo que propiciaría un incremento de la presión fiscal por este impuesto en un porcentaje equivalente. Una vez más se escudan en la obligación de que la recaudación global suba y que ha ido solicitada por este Gobierno al ampliar el periodo de amortización de los créditos, es decir a sabiendas de que pedir una prórroga del plazo de amortización supondría incrementar la presión fiscal a los Ribereños, el Gobierno lo solicitó.
La venta de viviendas está muy parada siendo cientos las viviendas vacías, el cambio que se prevé de la Legislación Estatal que elimina los coeficientes de actualización, supondrá que las ventas de inmuebles tendrán mucha más presión fiscal, si también se incrementan los impuestos municipales, nos encontraremos con una Ciudad con locales y viviendas vacíos, una ciudad fantasma.
Desde acipa proponemos que no se incremente el 0,30%

II.- TASAS MUNICIPALES
Se propone con carácter general el incremento de tarifas en un porcentaje del 0,30 %, equivalente al IPC interanual acumulado a 31 de diciembre de 2.013

El Gobierno, que ha optado una vez más en hablar de deuda pero que la paguen las Corporaciones siguientes y para ello se ha acogido a la ampliación del período de amortización del crédito del pago a proveedores quedando sujeto además de a las condiciones generales a la aprobación de un nuevo plan de ajuste en el que incluirán las nuevas condiciones que elijan de entre las que se recogen en el capítulo III del título II del Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, y entre las que necesariamente deben estar las siguientes:
– Reducción del 5% de los gastos de funcionamiento en el ejercicio inmediato siguiente, y congelación en los dos ejercicios siguientes;
– Al cuarto año desde la aprobación del nuevo plan de ajuste revisado, los servicios públicos que presten se autofinancien con tasas y precios públicos;
– Sólo podrán aprobar medidas que determinen un incremento del importe global de las cuotas de cada tributo

Así el Gobierno utiliza estas condiciones para decir que está obligado por Ley a subir las Tasas, cuando esto n es cierto, según se ve en la propia redacción, lo que está obligado es a reducir gastos y que se incremente de forma global las cuotas, es decir en el caso de las Tasas si hay más usuarios, los ingresos serán más cumpliendo las condiciones, sin embargo el Gobierno en vez de hacer el estudio del coste de cada servicios al que está obligado por la Ley de haciendas locales y hacer un estudio sobre el precio a pagar dependiendo del número de usuarios y así ver a que número de usuarios sería necesario para no subir las Tasas y hacer las campañas oportunas para conseguir más usuarios, prefiere la opción más fácil, SUBIR LAS TASAS EL IPC, cuando con una buena política, con trabajo se podrían conseguir que más Ribereños opten a las actividades deportivas y culturales y por ende los ingresos fueran mayores, lo que conseguiría una bajada de Tasas.

TASAS APROVECHAMIENTO INSTALACIONES CULTURALES Y DEPORTIVAS
Desde acipa solicitamos los estudios de costes de cada actividad gravada con Tasa que permitirá ver el número de usuarios que necesitaría cada una de ellas para bajar la presión fiscal de todos ellos, después de además bajar los costes tal y como si obliga la Ley y que sin embargo el Gobierno en este aspecto no cumple.

2.- Tarifas del Centro Cultural “Isabel de Farnesio”.
b) Utilización del Salón de Plenos para la Celebración de Bodas Civiles 361,10 €

Desde acipa proponemos habilitar más espacios para la celebración de matrimonios civiles, dado que puede ser una actividad cuando el Servicio que se presta es cada vez menor, antes se podían casar el día que quisieran pero se ha ido limitando, cuando el casar cualquier día a cualquier hora sólo supone el pago de las horas extras del funcionario ya que los políticos no cobran, pero debe ser que el Gobierno con sus 14 Concejales Liberados no quiere trabajar más y hacer de Aranjuez un lugar para casarse facilitándolo, aunque sea una fuente de ingresos.

Desde acipa proponemos que en el Ayuntamiento de Aranjuez puedas celebrar el matrimonio civil cualquier día de la semana y creemos que el coste no el mismo dependiendo del día por eso desde acipa proponemos que se diferencien días en horario laborable lo que facilitaría a mucha gente que no está en disposición de gastar. Además habilitar la celebración de matrimonios civiles en días laborables podría ser una fuente de negocio a la restauración ribereña que a diario no tiene volumen de negocio. Y creemos que se deben seguir los pasos necesarios para que se autorice a poder celebrar las bodas dentro del término Municipal en cualquier local que se considere, como han hecho otros municipios, siendo las siguientes en edificio municipal:
- Matrimonios civiles celebrados por la mañana, día laborable 30 euros
- Matrimonio civil celebrado por la tarde, día laborable 100 euros
- Matrimonio civil celebrado desde la tarde del viernes al domingo por la tarde 350 euros
-Matrimonio civil celebrado en otras instalaciones habilitadas al efecto: 500 euros

TASA POR EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO CULTURAL ISABEL DE FARNESIO Y DEL CENTRO DE FORMACION PROFESIONAL NO REGLADA.

Desde acipa solicitamos una exención para todas las Asociaciones dadas de alta en el Registro municipal de Asociaciones de este Ayuntamiento. El uso de estas instalaciones por parte de las Asociaciones es bien para la organización de actividades en el Auditorio del Centro Cultural o de reuniones en el Centro de Formación, aunque en muchos casos no se hace efectivaza esta tasa, debe regularse el que no se cobre la misma a ninguna Asociación para lo que debe establecerse una exención.

TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS CULTURALES

La Tasa por talleres es excesiva, desde acipa solicitamos el estudios de costes de cada uno de los Talleres, si dado el precio de los cursos se borra gente, aún se recaudará menos.
Además es necesario que el pago se haga mes a mes ya que desembolsar por cuatrimestre es muy gravoso.
Solicitamos el cambio de la Ordenanza para incluir Bonificaciones y exenciones recogidas en los Beneficios Fiscales de esta Tasa para la Universidad Popular se han dejado sólo para menores de edad, cuando recogen importes de familias que están en una mala situación no permitiendo que los adultos puedan hacer talleres por el precio que se establece, por tanto pedimos que se extienda también a los mayores de edad con limitación a un solo Taller y que en caso de no asistencia perderá la exención o beneficio fiscal para el siguiente curso.
Así como del devengo que establecía que las bajas de la Universidad Popular no darán derecho a devolución, desde acipa creemos que se debería devolver cuando se avise antes de empezar el trimestre y la baja del curso de haga de forma motivada.

LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CARÁCTER DEPORTIVO

Desde acipa solicitamos que en cumplimiento de la Ley se establezca con un informe técnico-económico lo que realmente puede costar el uso de cada instalación o Escuela Deportiva Municipal.

Desde acipa proponemos la creación del Bono Joven y del Jubilado para todas las instalaciones deportivas con una bonificación del 95%. En el caso de los jubilados el deporte es una buena opción para su tiempo libre, dado que pueden usar las instalaciones en horarios en los que la mayoría trabaja proponemos que hay una exención para los jubilados en horarios establecidos en los que las instalaciones no cuentan con tanta afluencia.

Desde acipa solicitamos que la Tasa de la pista de paddel se establezca para hora y media de juego en vez de una hora.

Se establece la Tasa en la piscina del Polideportivo Agustín Marañón que no funciona desde hace 5 años y dado su estado es imposible que vaya a funcionar en el ejercicio 2015

Desde acipa solicitamos la exención de la Tasa en el uso de instalaciones deportivas a los eventos que se organicen por clubes o empresas que dinamicen la actividad en Aranjuez y que suponga el que se inscriban deportista de fuera de Aranjuez (maratones y encuentros deportivos)


TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE DESATRANQUE DE ALCANTARILLADO

Desde acipa proponemos que se establezca una bonificación para los usos sucesivos de este servicio ya que el uso reiterado da idea del mal estado de la red, por lo que en la segunda prestación se le bonificará el impuesto con dos décimas y así sucesivamente estableciendo una exención para aquellas viviendas que estén afectadas y aporten informe de un perito del mal estado de la red.



TASAS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LA PERRERA MUNICIPAL

El incremento de la Tasa por recogida en perrera a 61,95 euros y la de captura a 66,50, podrá incrementar el número de abandonos, ya que habrá gente a la que se le escape el perro si el cogerlo de la perrera le costaría 127,45 euros, podrían optar por el abandono. Se pondría esta Tasa en caso de reincidencias y reducir al 50% en casos de ser la primera vez

TASA POR EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO POR MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA
Desde acipa proponemos una bonificación para aquellas actividades que en el 2015 hagan una inversión para adaptar la terraza a invierno, dicha bonificación podría ser en tantos porcentuales según la inversión realizada

Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa Por la Prestación de los Servicios del Mercado Municipal
El Gobierno no acepta la Propuesta presentada por la empresa gestora, sin motivar, cuando la empresa según contrato de concesión propone la Tasa para la gestión del mismo incluidas las inversiones a realizar, por tanto si no se aceptan la Propuesta de subida de Tasas de la empresa gestora, se producirá el desequilibrio de la concesión.
No aceptar la subida que la empresa puede solicitar en base al contrato de gestión que el Ayuntamiento deba compensar el desequilibrio conforme al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Que en su artículo 282, establece:
2. Cuando las modificaciones afecten al régimen financiero del contrato, la Administración deberá compensar al contratista de manera que se mantenga el equilibrio de los supuestos económicos que fueron considerados como básicos en la adjudicación del contrato.
4. La Administración deberá restablecer el equilibrio económico del contrato, en beneficio de la parte que corresponda, en los siguientes supuestos:
a) Cuando la Administración modifique, por razones de interés público y de acuerdo con lo establecido en el título V del libro I, las características del servicio contratado.
b) Cuando actuaciones de la Administración determinaran de forma directa la ruptura sustancial de la economía del contrato.
c) Cuando causas de fuerza mayor determinaran de forma directa la ruptura sustancial de la economía del contrato. A estos efectos, se entenderá por causas de fuerza mayor las enumeradas en el artículo 231 de esta Ley.
Por tanto no aceptar la propuesta de la empresa supondría un coste para el Ayuntamiento, algo absurdo cuando se ha externalizado la gestión.