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ANUNCIADA Y JUSTIFICADA LA COMPRA DE DISTINTOS MATERIALES PARA HACER FRENTE AL CORONAVIRUS.

LA JUNTA DE GOBIERNO ANUNCIA Y JUSTIFICA LA CONTRATACIÓN DE EMERGENCIA DEL SUMINISTRO DE MASCARILLAS QUIRÚRGICAS, GELES HIDROALCOHÓLICOS, DOSIFICADOR Y CALZAS POR UN IMPORTE DE 46.534,22 €

La empresa adjudicataria de todas las compras que se realizaron durante el estado de alarma ha sido HOFFMANN GROUP.

La plataforma de contratación del estado nos ha dejado con el anuncio de la justificación y adjudicación del concurso realizado mediante procedimiento abierto y con tramitación urgente al haberse producido “cuando la Administración tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidades que afecten a la defensa nacional”… los elementos adquiridos han sido los siguientes:

• Tratamiento de desinfección contra COVID-19 tanto de instalaciones como vía pública.
• Revisión y adecuación de los sistemas de ventilación municipales.
• Dispensadores de gel hidroalcohólico para la limpieza de manos.
• Productos desinfectantes para la limpieza de superficies.
• Papeleras y contenedores protegidos con capa sin accionamiento manual.
• Carteles informativos.
• Pantallas protectoras de metacrilato para mostradores y zonas de atención al público.
• Sistemas de control de aforo.
• Mascarillas y guantes de protección individual.

Jesús Mario Blasco, Concejal Portavoz de la Agrupación Ciudadana Independiente lamenta “el tener que haber realizado este gasto, totalmente justificado y necesario, ante los efectos provocados por la crisis del coronavirus. El ayuntamiento fue la primera línea de batalla frente a la pandemia, teniendo que hacer frente a estos gastos que ahora se justifican”.

Según se desprende de los informes emitidos, la circunstancia objeto de la emergencia decretada se puede entender, por tanto, manifiestamente justificada dentro del procedimiento de emergencia habilitado para la contratación de todo aquello que se considere imprescindible para solventar la situación acaecida. En base a lo anterior, se autoriza a instruir el oportuno expediente de modificación de créditos a posteriori de la actuación objeto del contrato, cuando fuese necesario, sin sujeción a los requisitos formales previos a la contratación.
Los distintos informes emitidos por el departamento de salud de 3 de junio de 2020 se refiere a los trabajos de emergencia ya realizados y por lo tanto, se entienden incluidos en el Decreto de Emergencia de la Alcaldía-Presidencia. Se observa que se han llevado a cabo dentro del plazo de 30 días establecidos en el art. 120.c de la LCSP, por lo que se cumple el requisito impuesto sobre la tramitación de emergencia. De este importe, al no existir consignación presupuestaria suficiente y adecuada en el presupuesto del ejercicio 2020 (prórroga del Presupuesto general de 2017), se debe Realizar el documento que justifique la iniciación del expediente de modificación de crédito necesario para hacer frente al gasto correspondiente, de conformidad con lo establecido en la Ley General Presupuestaria. En base al Decreto de Alcaldía-Presidencia de 28 de mayo de 2020 declarando la emergencia en una serie de actuaciones, de acuerdo a los informes emitidos por el Dpto. de Salud, valorando el importe de la contratación llevada a cabo por dicha área del Ayuntamiento de Aranjuez, en el que se incluyen compras de suministros y material considerados dentro de los supuestos de la declaración de emergencia, por 46.534,22 €, procede incorporar el inicio de expediente de modificación de créditos para la correcta contabilización de las actuaciones llevadas a cabo.