El Grupo Municipal de la Agrupación Ciudadana Independiente para Aranjuez (acipa), y en su representación la Concejal Portavoz de la misma Pilar Quintana Álvarez, presenta las siguientes alegaciones a la Ordenanza Municipal sobre transparencia y libre acceso a la información.
- 2014/07/03 13:33:18
Según publica el BOCM de 29 de mayo el Pleno de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Aranjuez acordó, en sesión ordinaria celebrada en primera convocatoria el día 23 de abril de 2014, aprobar inicialmente la ordenanza municipal sobre transparencia y libre acceso a la información, exponiéndose al público por treinta días para presentación de alegaciones.
En el preámbulo de dicha ordenanza se establece como objetivo conseguir alcanzar la transparencia necesaria para legitimar la actuación de los poderes públicos, justificando a su vez, el trabajo que los Ayuntamientos promueven para el beneficio de toda la sociedad.
En base a eso se establecen una serie de principios recogidos en el artículo 3 de la presente ordenanza, en el punto 7 de dicho artículo publica textualmente
Calidad de la Información: La información que se facilite a la ciudadanía debe ser veraz, fehaciente y actualizada. En toda publicación y puesta a disposición se indicará la unidad responsable de la información y la fecha de la última actualización. Asimismo, siempre que sus recursos lo permitan, los responsables de la publicación adaptarán la información a publicar, dotándola de una estructura, presentación y redacción que facilite su completa comprensión por el conjunto de la ciudadanía.
Asimismo, en el artículo 6, información pública en el punto 3 apartado a) indica…
Información vinculada a la transparencia. Se refiere a las decisiones y actuación de los órganos de gobierno y a la utilización de los recursos públicos. La finalidad principal de su publicidad es el control de la actuación de dichos órganos por parte de la ciudadanía, así como potenciar el ejercicio por parte de esta de sus derechos políticos.
En base a estos dos artículos presentamos las siguientes ALEGACIONES:
Artículo 13, apartado 2
Cuando los medios disponibles lo permitan, los plenos municipales serán grabados íntegramente y publicados en la sede electrónica, donde también podrán ser retransmitidos en directo.
Debería ponerse se garantizarán los medios disponibles para que los Plenos Municipales sean grabados íntegramente y publicados en la sede electrónica, donde también podrán ser retransmitidos en directo.
Artículo 14, punto 1 apartado d) e i)
Creemos que se debe dar el mismo tratamiento de información en los dos casos, es decir no se puede reclamar en el apartado i) que se publicarán los costes que las liberaciones sindicales e institucionales generan a la entidad y en cambio en el apartado d) se hable de los ingresos íntegros percibidos del Ayuntamiento por parte de los miembros del Pleno y del Gobierno de Aranjuez.
Solicitamos que en este apartado d) y con el ánimo de que la calidad de la Información sea veraz, fehaciente y actualizada, debería también en este apartado figurar todo el coste que representan para el Ayuntamiento los miembros del Pleno, incluyendo el coste de Seguridad Social a cargo del Ayuntamiento.
Creemos que se debe añadir un apartado más, que sería la letra n en el que se incluya la obligación de cada Delegado a dar cuenta de su gestión en órganos colegiados, al menos de forma trimestral, para que los ciudadanos puedan conocer de primera mano el trabajo que realizan durante la legislatura.
En el artículo 16. Información sobre contratos y subvenciones, en el apartado 1 se mencionan al perfil del contratante y datos estadísticos y de contratación, pero en ningún momento se habla de los contratos negociados sin publicidad, cuando el Gobierno utiliza los procedimientos negociados de forma recurrente, los cuales creemos que deberían ser públicos y por lo tanto incluidos en esta Ordenanza para que todos los ciudadanos puedan conocer qué se hace con el dinero de sus impuestos y conozcan todas y cada una de las gestiones que están llevando a cabo sus Gobernantes.
SOLICITO que tenga por presentado este escrito y conforme a su contenido se den por admitidas en tiempo y forma las alegaciones a la Ordenanza Municipal sobre transparencia y libre acceso a la información presentadas por este Grupo Municipal.
En Aranjuez a 26 de junio de 2014.