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AYUDAS OBRAS REHABILITACIÓN ENERGÉTICA

ACIPA INFORMA SOBRE LAS AYUDAS A LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE REHABILITACIÓN EN EDIFICIOS RESIDENCIALES  SIEMPRE QUE SE OBTENGA UNA REDUCCIÓN CUALIFICADA EN EL INDICADOR DE CONSUMO DE ENERGÍA PRIMARIA NO RENOVABLE, REFERIDA A LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA.

El plazo para presentar las solicitudes de ayuda finaliza el próximo 30 de junio de este año. Este programa en concreto tiene una cuantía de 94 millones de euros.

La Comunidad de Madrid tiene abierto el plazo para solicitar las ayudas para realizar obras de rehabilitación energética de edificios residenciales y viviendas. El programa 3 dispone de 94 millones de euros de subvención. Las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la orden en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, hasta el día 30 de junio de 2023, sin perjuicio de que dicho plazo pudiera ser ampliado mediante la modificación correspondiente. Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido será inadmitida a trámite. Las solicitudes se seleccionarán por riguroso orden de presentación hasta que se agoten los fondos.  

DESTINATARIOS:

  • Propietarios de viviendas unifamiliares y edificios y propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios
  • Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios.
  • Sociedades cooperativas compuestas por propietarios de edificios o viviendas
  • Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de edificios y cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato con la propiedad que les faculte para acometer las obras de rehabilitación.
  • Empresas de servicios energéticos.

REQUISITOS:

  • Disponer de proyecto de las actuaciones a realizar. Para el caso de que las actuaciones no exijan proyecto, será necesario justificar en una memoria suscrita por técnico competente
  • Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad
  • Retirar del edificio o ámbito de actuación aquellos productos de construcción que contengan amianto
  • En el caso de edificios de tipología residencial colectiva:
  • Al menos el 50 % de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda.
  • Las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad de propietarios

Jesús Mario Blasco, Concejal Portavoz de la Agrupación Ciudadana Independiente ribereña afirma que “estamos ante una maravillosa oportunidad para llevar a cabo obras y mejoras en las viviendas y edificios de nuestra localidad para hacerlos más eficientes energéticamente hablando, amén de la retirada de elementos que contengan amianto. Además, se pone a disposición de los interesados dos oficinas de información que ayudarán y asesorarán a las personas interesadas en optar a las ayudas. El Ayuntamiento está creando una oficina para informar a los vecinos de las tres áreas de Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada aprobadas en noviembre del año pasado, por lo que creemos sería importante que ampliase la información y/o asesoramiento también sobre este tipo de ayudas.”

  • Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio. (P3)

Las actuaciones de rehabilitación en los edificios residenciales y viviendas unifamiliares deben mejorar la eficiencia energética por lo que se debe alcanzar los siguientes ahorros:

Reducción de al menos el 30% del consumo energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.

Reducción de la demanda de energía global anual de calefacción y refrigeración de:

  • un 35% en zonas climáticas D y E
  • un 25% en zona climática C

Las Oficinas de Rehabilitación te pueden ayudar en las diferentes fases que forman parte del procedimiento de concesión de subvenciones, que van desde el asesoramiento y la información, el acompañamiento en la fase previa de la tramitación de las ayudas, la presentación de la solicitud, la tramitación de la misma y hasta la fase de ejecución y justificación de la subvención. También es esencial el papel del colegio informando, asesorando y acompañando a sus respectivos profesionales, ya que estos son piezas clave para lograr la rehabilitación de edificios y viviendas. Mediante convenios suscritos con los Colegios Profesionales de Arquitectos de Madrid (https://oficinarehabilitacion.coam.org/) y de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid (https://oficinarehabilitacionaparejadores.es/), se han creado dos oficinas de rehabilitación que contarán con un equipo técnico de gestión que se encargue de las labores de información, asesoramiento, gestión y tramitación, propias de una oficina de rehabilitación, realizando labores de intermediación entre el particular y la Administración Pública actuante en el proceso, llevando a término las funciones de soporte para el programa 3.